jueves, 22 de julio de 2010

Lorca


Adif reúne a los afectados por la Alta Velocidad para fijar las expropiaciones

Más de un centenar de vecinos han solicitado que se declare nulo el procedimiento







FRANCISCO GÓMEZ Los más de cien afectados por el proyecto del Corredor Mediterráneo de Alta Velocidad del tramo Murcia- Almería, subtramo Totana-Lorca, a su paso por la pedanía de La Hoya, han sido citados por el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (Adif) del Ministerio de Fomento para que comparezcan durante los días 22 y 23 de julio en el ayuntamiento de Lorca, con el fin de fijar el justiprecio, por mutuo acuerdo, de los terrenos que les han sido expropiados.
Según el representante legal de los afectados, Fernando Guirao, las cantidades que viene ofreciendo el ministerio de Fomento por los terrenos en localidades como Totana oscilan entre los 9 y 20 euros el metro cuadrado, en base al tipo de terreno expropiado, ya sea zona de huerta, cultivo de parral o invernadero.
En el caso de Lorca, los precios se sabrán a partir de mañana. En todo caso, lo que sí se sabe es que «el justiprecio se cobraría en un plazo de 4 a 6 meses». Los propietarios que no acepten el justiprecio, «serán citados en un plazo de 20 días para presentar las hoja de aprecio y, a continuación, el Estado presentará la suya, con otros 20 días de plazo, aunque luego tardará en responder alrededor de tres meses».
Una vez presentadas, se podrán pedir las cantidades concurrentes mientras se rechaza la oferta del Estado propuesta en el mutuo acuerdo «existiendo el derecho por parte del propietario de que hasta el límite de conformidad puede recuperar el dinero que le ofrecieron».
Quien no acepte el mutuo acuerdo, según Guirao, «en un plazo de 9 meses cobrará la mitad del importe a percibir y el resto lo hará dentro de 4 ó 5 años». Quien lo acepte cobrará la totalidad de la expropiación en un plazo de 4 a 6 meses.
Los afectados han solicitado que se declare nulo el procedimiento de expropiación forzosa, al haberse omitido, por parte del Ministerio, el trámite de información pública del proceso.
Para lograrlo, los afectados han interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Murcia, un recurso contencioso-administrativo, que ha sido admitido a trámite, por entender que en el expediente de expropiación forzosa, abierto como consecuencia del citado proyecto, se ha omitido el trámite de información pública por parte del Ministerio de Fomento, previo a la relación individualizada de los bienes y derechos afectados.
En caso de que finalmente se deniegue la solicitud de anulación del procedimiento expropiatorio, los afectados piden que se proceda a fijar, como indemnización de daños y perjuicios, un 25% adicional del justiprecio que se determine.

TASACIONES Y VALORACIONES

viernes, 9 de julio de 2010

Expropiacion Regueron


Fomento 'tumba' la autovía del Reguerón

Las carreteras y ferrocarriles de la Región dieron el martes un kilométrico paso atrás que tardará al menos un año y medio en recuperarse. La peor parte de los recortes del Ministerio de Fomento, que fueron enumerados ayer por el consejero de Obras Públicas, José Ballesta, se la ha llevado la autovía del Reguerón, cuyo proyecto parece llamado a morir en un cajón. El Ministerio ha sido drástico en su planteamiento: quiere derogar el plan y rescindir el contrato que ya tenía firmado con una Unión Temporal de Empresas (UTE) para ejecutarla. Además de esta autovía, se aplazan 'sine die' las obras de la variante de Camarillas, que debía haber entrado en funcionamiento el próximo año, y la conexión por AVE con Almería. También se retrasan, hasta 18 meses, las cuatro carreteras que el Ministerio de Fomento tenía en ejecución en la Región. Tras largas horas de dura negociación con el secretario de Estado de Planificación, Víctor Morlán, el pasado martes, Ballesta logró 'salvar' la fecha de la llegada del AVE a la Región, que se mantiene inamovible para 2014, como adelantó 'La Verdad' en su edición de ayer.
El consejero, con su equipo al completo, se mostró ayer muy molesto por las informaciones sobre los recortes que el secretario general del PSOE había hecho públicas un día antes, y enumeró las infraestructuras que se mantienen, las que se aplazan y las que directamente desaparecen del mapa, al menos, por el momento. Los recortes son consecuencia del 'tijeretazo' en las inversiones programadas por el Ministerio de Fomento en toda España. El Ministerio tiene que reducir el presupuesto para ahorrar 6.045 millones de euros, sobre todo en carreteras, ya que Fomento quiere mantener en la medida de lo posible los proyectos en alta velocidad.
El golpe más tajante de los recortes se lo ha llevado la autovía del Reguerón, una obra que contaba un presupuesto significativo, de 240 millones de euros, para los próximos cuatro años. Ballesta destacó que la decisión del Ministerio de Fomento pasa por rescindir el contrato para la construcción de la obra y derogar el proyecto, que podría no ver la luz. Sin embargo, el consejero se niega a darlo aún por perdido, y pretende volver a reclamarlo en la próxima reunión que mantenga con Fomento a finales de este mes. Entre tanto, Ballesta ha planteado una opción intermedia que el Ministerio está estudiando, y que supone mantener sólo parte del proyecto. «Dada la importancia que tiene para el cinturón regional el tramo de la autovía del Reguerón que conecta con la carretera Zaneta-San Javier, hemos logrado el compromiso de Fomento para que estudien la salvación de ese tramo». Falta por ver ahora que explicación se da a los propietarios de las 1.700 parcelas repartidas por toda la Costera Sur que iban a ser expropiados para la construcción de esta autovía, y que han protagonizado numerosas protestas en los últimos años.
No será la única carretera afectada por los recortes. Las otras cuatro actuaciones que el Estado está ejecutando en la Región se verán afectadas por retrasos, como mínimo, de un año. En el peor de los casos, los aplazamientos se extenderán 18 meses. Se trata de la 'conexión suroeste' que enlaza el puerto de la Cadena a la altura de la antigua venta de la Paloma con la MU-30, así como la autovía A-33 en los tramos Blanca-Abarán y Abarán-Jumilla, que deberían conectar Murcia con el Altiplano; y una obra de menor calibre, la construcción del tercer carril en la A-30 entre Murcia y el inicio del Puerto de la Cadena.
También quedarán suspendidos todos los tramos de carretera contemplados en el protocolo firmado hace un año entre el Gobierno regional y el Ministerio, que incluía un extenso bloque de obras, como los arcos norte y noroeste -que nace en Archena y llega a Alcantarilla- de la ciudad de Murcia, que permitirían descongestionar el nudo de Espinardo, y los terceros carriles de la A-7, que Fomento también ha propuesto suspender.
Tercera vía para mercancías
Las infraestructuras ferroviarias, salvando el AVE, no han salido mejor paradas. La obra más destacada para la Región, el AVE por Alicante, mantiene sus plazos y presupuesto, y llegará a la Región en 2014, debido a la apuesta del ministro José Blanco por fortalecer el Corredor Mediterráneo. El consejero quiso ayer trasladar el mérito de este 'logro' al presidente de la Comunidad: «Hace un año, Ramón Luis Valcárcel arrancó al ministro la fecha de 2014 para la llegada del AVE, y tras los contactos de los últimos días, podemos confirmar que se mantiene». Tampoco resultará afectada la construcción de una tercera vía exclusiva para el transporte de mercancías entre Murcia y Alicante, que sigue adelante como estaba previsto, así como el estudio informativo para la llegada de la alta velocidad desde Madrid a través de un segundo corredor ferroviario por Cieza. Además, el Ministerio se ha mostrado conforme en mantener la fecha de 2012 para la llegada de trenes 'híbridos' de alta velocidad, que permitirán recortar en 35 minutos el tiempo del trayecto entre Murcia y Madrid. Las nuevas locomotoras permiten circular a 180 kilómetros por hora en líneas sin electrificar y hasta 250 kilómetros por hora en líneas electrificadas.
En materia ferroviaria también hubo ayer jarro de agua fría para la Región. Las argumentos de la Consejería no convencieron el martes al secretario de Estado de Infraestructuras, que se mantiene firme en su decisión de aplazar sin fecha la finalización de las obras de la variante de Camarillas, prevista para 2011. Ballesta expresó ayer su «total desacuerdo» con la decisión del Gobierno central. Y es que el consejero de Obras Públicas considera que no tiene sentido paralizar esas obras cuando se encuentra en una fase tan avanzada de ejecución. «Ya se han concluido la parte de la plataforma, que es la base sobre la que tiene que discurrir la vía, y faltaría la superestructura, formada por las vías, los elementos de electrificación, conexión y seguridad, que es la que el Ministerio quiere retrasar sin fecha». Ballesta se mostró especialmente disgustado por el aplazamiento de esta obra, «que se ha tocado con la punta de los dedos y sólo precisaba un último impulso». Aunque el consejero insistió ayer en que Fomento no se ha marcado un nuevo plazo para retomar la variante de Camarillas, el secretario general del PSOE, Pedro Saura, mostró su confianza en que las obras sólo se deslicen unos meses y que entren en servicio en 2012. «El desajuste puede ser insignificante», aseguró Saura el martes.
El Gobierno regional no conoce aún los recortes que tendrán que asumir otras comunidades españolas, pero exigió que el Ministerio realice los ajustes manteniendo «los principios de equidad y justicia» para que «no se dé el caso de que otras comunidades que hasta la fecha hayan sido muy bien tratadas igualen ahora, y otras que hayan recibido menos inversiones puedan sentirse mal tratadas».
El anuncio de los recortes que el lunes adelantó Saura ha caído en la Consejería de tan mal grado como la propia reducción del presupuesto. Ballesta considera que el secretario general del PSOE ha actuado con «deslealtad institucional» al informar sobre los recortes antes de que lo hiciera el presidente de la Comunidad, que ayer se encontraba en Bruselas, o el propio secretario de Estado de Planificación. «A lo largo de este año hemos celebrado muchas reuniones con el Ministerio, y durante todo el proceso hemos practicado el principio de lealtad institucional; todas las informaciones sobre los acuerdos han sido facilitadas por los representantes legítimos», reprochó.


SE MANTIENEN
El AVE sale indemne y llegará a la Región en 2014
1. El tren de alta velocidad (AVE) llegará a la Región sin retrasos en el año 2014, como estaba previsto. Es prácticamente el único proyecto que se salva indemne del 'tijeretazo'.
Tercera vía exclusiva para mercancías
2. Se confirma la tercera vía exclusiva para mercancías en el corredor de alta velocidad entre Murcia y Alicante, que se mantiene como proyecto «prioritario».
Estudio de la alta velocidad por Cieza y Cartagena
3. Se salva el estudio informativo para la llegada de la alta velocidad desde Madrid a través de un segundo corredor ferroviario por Cieza. También continuará con el procedimiento para la llegada del AVE a Cartagena a través del eje Murcia-Cartagena por la opción 'centro', que prevé un túnel para salvar la sierra de Carrascoy.
Trenes híbridos de alta velocidad en 2012
4. El Ministerio mantiene la fecha de 2012 para la llegada de los trenes híbridos de Alta Velocidad por el corredor de Cieza mientras esta vía no se adapta al AVE.
Renovación de siete trenes de cercanías
5. Sigue adelante la renovación de los trenes de cercanías y de media distancia, con cuatro nuevos en las líneas Murcia-Valencia y Valencia-Murcia-Cartagena, y tres locomotoras en la línea Murcia-Cartagena.

NO SE MANTIENEN O SE RETRASAN
Aplazamiento sin fecha de la variante de Camarillas
1. Se retrasa, de momento sin fecha, la puesta en funcionamiento de la variante de Camarillas, que estaba prevista para el próximo año 2011. Las obras estaban ya muy avanzadas.
Retraso en las anualidades del AVE Murcia Almería
2. El AVE de Murcia a Almería se retrasa mediante 'deslizamientos' de las anualidades, pero no se rescinden los contratos. El recorte no afecta a los soterramientos de Murcia, Cartagena y Lorca.
Retrasos de hasta 18 meses en cuatro carreteras
33. . Cuatro carreteras sufrirán retrasos de entre un año y un año y medio. Se trata de la conexión suroeste, entre el puerto de la Cadena y la MU-30; la autovía A-33 en los tramos Blanca-Abarán y Abarán-Jumilla, que deberían conectar Murcia con el Altiplano, y la construcción del tercer carril en la A-30 entre Murcia y el inicio del Puerto de la Cadena.
Rescisión del contrato para la autovía del Reguerón
4. La autovía del Reguerón queda anulada, si no se logra un acuerdo en las próximas semanas. El Ministerio quiere rescindir el contrato adjudicado a una Unión Temporal de Empresas (UTE).
Quedan anulados los arcos norte y noroeste
5. Los arcos norte y noroeste -que nace en Archena y llega a Alcantarilla- de la ciudad de Murcia, que permitirían descongestionar el nudo de Espinardo, y los terceros carriles de la A-7, y otras obras menores incluidas en el protocolo firmado hace un año con Fomento, quedan también suspendidos, si no se logra otro acuerdo con el Ministerio.

martes, 18 de mayo de 2010

Justiprecio Expropiacion Regueron

El justiprecio para los afectados por las expropiaciones de la autovía de El Reguerón comenzará el 25 de mayo

Fuente: Delegación del Gobierno en Murcia

Los propietarios de suelo rural recibirán entre 10 y 15 euros por metros cuadrado más el valor del arbolado

El  justiprecio para los afectados por las expropiaciones de la autovía de  El Reguerón comenzará el 25 de mayo
Los propietarios de edificaciones ya han recibido en compensación por alquiler y traslado entre 8.700 y 9.000 euros
Se compensarán las pérdidas de cosechas
El Jefe de la Demarcación de Carreteras del Estado, Angel García Garay ha informado esta mañana a los afectados por las expropiaciones de la autovía del Reguerón, que recibirán entre 10 y 15 euros por metro cuadrado de terreno, compensaciones por pérdida de sus cosechas o, en el caso de que posean una casa o nave a expropiar, el alquiler de otra durante un año.
García Garay ha aclarado que hasta el momento se han realizado los pagos a cuenta y que el precio final todavía no está cerrado completamente. También ha informado que en el proceso de expropiaciones que se ha iniciado se está cumpliendo la legalidad vigente de forma escrupulosa y se pretende ofrecer a los expropiados el precio que se considera el más justo posible, de acuerdo con la normativa y con los organismos tasadores que han sido consultados.
Propietarios de suelo rural
El Jefe de la Demarcación de Carreteras ha explicado que los propietarios de suelo rural están recibiendo un importe a cuenta, como depósito previo, entre 1,15 y 2,30 euros por metro cuadrado en suelo rural, lo que supone el 10 por ciento de lo estimado como valor total. También se ha pagado el valor catastral en el suelo urbanizado así como el valor estimado de las cosechas pendientes de recoger y de los vallados. “En cualquier caso –ha aclarado González Tovar- el precio final del metro cuadrado será similar al pagado por ADIF en la misma zona y en todos los casos superior a los 10 euros por metro cuadrado, incluso aunque el terreno esté sin cultivar”. También ha añadido que los propietarios recibirán, además, el importe de las cosechas pendientes.
Propietarios de viviendas o naves
En cuanto a la situación de los propietarios de edificaciones que están afectadas por el trazado de la autovía, ha informado que han empezado a percibir el 80 por ciento del valor estimado de viviendas y naves. Además, como indemnizaciones por Rápida Ocupación los propietarios de viviendas también reciben 7.200 euros para el pago de un año de alquiler (correspondientes a 12 mensualidades de 600 euros), y los propietarios de naves 8.400 euros durante un año por el alquiler mensual de 700 euros de las mismas. Además, en ambos casos contarán con 1.500 euros adicionales para pagar la mudanza. “En total, -ha indicado García Garay- los propietarios de viviendas y naves reciben de forma inmediata, el 80 por ciento del valor tasado de su vivienda y 8.700 y 9.990 euros respectivamente, para facilitarles una nueva ubicación”.
El Jefe de la Demarcación de Carreteras del Estado ha indicado que a partir del 25 de mayo se comenzará la fase de “justiprecio” en la que se ofrecerá definitivamente el valor de los bienes y derechos afectados, según las citaciones que ya se están enviando por correo certificado. También se abonarán los intereses de demora que se hayan generado desde la fecha de la ocupación, hasta la fecha del pago total del justiprecio
Con respecto al procedimiento que se está llevando a cabo, García Garay ha explicado que dado el alto número de afecciones (más de 1.800) se ha considerado prioritario dirigir las primeras citaciones a los 118 propietarios de viviendas, con el objetivo de alcanzar con ellos, en primer lugar, los mutuos acuerdos en la valoración de las mimas.
También ha señalado que los criterios de valoración son escrupulosamente respetuosos con el Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo, y producen unos valores que fluctúan entre valores mínimos y máximos, en función de las características de las fincas y que con carácter orientativo son los siguientes:
CONCEPTOPRECIO
Suelo regadíoEntre 10 y 15 €/m2
Fincas con arboladoEntre 12 y 18 €/m2
Suelo urbanizadoEntre 40 y 100 €/m2
ViviendasEntre 400 y 1.200 €/m2
NavesEntre 250 y 400 €/m2
Asimismo ha aclarado que esta información se va a distribuir personalmente a cada uno de los afectados, haciendo constar que el interés de la Administración es “salvaguardar en todo momento los derechos de los ciudadanos y poner de su parte todos los recursos previstos en la legislación vigente”.
El  justiprecio para los afectados por las expropiaciones de la autovía de  El Reguerón comenzará el 25 de mayo, Foto 1

CONOCE EL VALOR EXPROPIADO

lunes, 29 de marzo de 2010

Expropiados El Regueron

Los 1.800 expropiados del Reguerón cobrarán lo mismo que los del AVE






Rafael González Tovar
Rafael González Tovar

Tovar explica que los propietarios de las viviendas están recibiendo importes a cuenta y garantiza que, como mínimo, el metro cuadrado se pagará a 10 euros

R. G. / M. M. G.

El delegado del Gobierno en la Región, Rafael González Tovar, ha despejado por fin todas las dudas que asaltan a los expropiados de la autovía del Reguerón, tal y como han venido denunciado en este periódico en los últimos meses. Según Tovar, los afectados, unos 1.800 propietarios de la huerta, recibirán, como mínimo, 10 euros por metro cuadrado de terreno, además de compensaciones por pérdida de sus cosechas o, en el caso de que posean una casa a expropiar, el alquiler de la vivienda durante un año. Los afectados aseguraron hace diez días a LA OPINIÓN que la tasación de sus fincas era una ofensa y amenazaron con enterrarse medio cuerpo en sus tierras como en el afamado filme de José Luis Cuerda 'Amanece que no es poco'.
El delegado del Gobierno aclaró en la SER que el pago que están recibiendo los vecinos afectados es "a cuenta" y que el precio final todavía no está cerrado completamente. También indicó que el proceso cumple "de forma escrupulosa" la legalidad vigente y que el precio de los terrenos será "el más justo posible". Según González Tovar, los propietarios de suelo rural están recibiendo un importe a cuenta, como depósito previo, en torno al 10% del precio final, el cual no está cerrado. "En cualquier caso, la cantidad final a pagar por el metro cuadrado será similar al de los afectados por el AVE en la misma zona", señaló.
En cuanto a las casas, el Delegado informó de que han empezado a percibir el 80% del valor de la vivienda. Además, también reciben 7.200 euros para el pago de un año de alquiler y 1.500 euros para pagar la mudanza.
Con respecto al procedimiento que se está llevando a cabo, González Tovar manifestó que el alto número de afecciones -más de 1.800 expedientes- supone que durante mayo y junio se establecerán conversaciones individuales con cada uno de los propietarios para cerrar los detalles del precio final y el pago correspondiente.
En el momento actual, el proceso de expropiación está centrado en la primera fase de la autovía del Reguerón, una parte de los terrenos afectados por el proyecto total, los imprescindibles para el comienzo de las obras, por lo que otras parcelas pueden tardar un tiempo en verse afectadas.

jueves, 18 de marzo de 2010

Que es una tasacion

Por tasación se entiende la valoración de un objeto, ya sea una obra de arte, una joya, una casa o un negocio. Habitualmente cuando se habla de tasaciones (en España) se suele tratar de las tasaciones hipotecarias (que son reguladas por la orden ministerial ECO/805/2003 de 27 de marzo y sus posteriores modificaciones) y que son aquellas tasaciones que se realizan sobre bienes inmuebles (terrenos, edificaciones, minas, etc...), que se utilizan para el uso del bien tasado como aval o garantía de un préstamo hipotecario. No conviene confundir estas tasaciones con las realizadas por los trabajadores de las agencias inmobiliarias, que previamente a la venta de un piso, suelen realizar una tasación del mismo. Estas tasaciones carecen de validez ante del Banco de España.

PROCESO DE UNA TASACION:

Cuando se solicita una hipoteca, el banco o caja de ahorros encarga una tasación del bien que va a usarse como garantía en caso de impago (en ocasiones es posible acudir a la entidad bancaria con una tasación encargada a nivel particular a una empresa tasadora). La tasación la realiza un tasador perteneciente a una empresa de tasaciones aceptada por el Banco de España, que visita el inmueble a tasar, donde generalmente lo mide, fotografía y elabora un plano del mismo. Posteriormente realiza un informe de valoración del inmueble, que es auditado una o varias veces por su empresa para comprobar la conformidad del informe con la legalidad y con el mercado. Una vez que el informe es auditado se remite a la entidad bancaria o al particular que lo ha solicitado. Posteriormente, la entidad bancaria puede conceder un préstamo que corresponde a un porcentaje del valor de tasación del bien usado como garantía. Generalmente se suele prestar hasta un 80% del valor de tasación sin necesidad de poner otras garantías que el bien tasado. Para superar ese porcentaje la entidad bancaria necesita que además del solicitante de la hipoteca otras personas firmen como avalistas, con lo que comparten responsabilidad en caso de impago.

TITULACION DEL TASADOR:

En función del bien a tasar el tasador debe de ser un arquitecto o arquitecto técnico (edificios residenciales o comerciales, ingeniero técnico industrial o ingeniero industrial (edificaciones industriales), ingeniero técnico agrícola o ingeniero agrónomo (fincas rústicas, explotaciones ganaderas o edificaciones en suelo rústico), Peritos Judiciales Inmobiliarios, etc... En ocasiones un inmueble debe de ser tasado por un conjunto de técnicos con diferentes titulaciones, debido a su complejidad. Así, una explotación minera puede que deba ser tasada por un ingeniero de minas que tase la mina, un arquitecto o ingeniero industrial que tase las edificaciones y un ingeniero agrónomo que tase los terrenos.

MÉTODOS DE TASACION:

Por regla general, el tasador calcula el valor del inmueble por el Método de Comparación, investigando los precios de venta de inmuebles similares. Este método es el más usado para la tasación de viviendas, naves industriales, plazas de garaje y locales comerciales. Si se encuentran alquilados, además se capitaliza la renta del alquiler y se obtiene un segundo valor, diferente al obtenido por el método de comparación. El valor de tasación será siempre el menor de ambos valores

En el caso de los suelos urbanos, también se puede calcular su valor por otros métodos, como el Método Residual Dinámico y el Método Residual Estático. Básicamente, estos métodos lo que permiten es calcular el valor del suelo a partir del valor de venta de los elementos que se pueden edificar en dicho suelo y descontando el beneficio del promotor, los costes de construcción, financieros, comerciales, etc...

Algunos inmuebles como las fincas rústicas, las explotaciones económicas (que son los inmuebles que solo pueden ser usados para un tipo de negocio, como un camping, una cantera, un hotel, etc...) implican una doble valoración. Por una parte se tasa el coste del inmueble (el valor del suelo y del coste de construcción) y por otra parte se hace un cálculo del valor del negocio, capitalizando las rentas que puede producir dicho negocio. El valor de tasación siempre es el menor de ambos valores.

OBSERVACIONES:

Como en casi todos los sectores, hay empresas de tasación y tasadores más o menos profesionales, de modo que mientras que unas empresas se ajustan a los valores que hay en el mercado, otras son excesivamente prudentes o excesivamente generosas. Si el valor de tasación es muy superior al valor real del inmueble, la entidad bancaria puede prestar más dinero, lo que hace que muchos directores de oficinas bancarias presionen a sus tasadores para que tasen más alto. Esta práctica, muy extendida, hace que muchas garantías de préstamos hipotecarios no cubran realmente el valor del préstamo concedido.

El Banco de España realiza periódicamente inspecciones a las empresas de tasación para controlarlas.

Algunas empresas de tasación son empresas independientes, mientras que otras pertenecen a un banco o caja de ahorros o a un grupo de cajas de ahorros.

http://tasaciones.visitame.es

miércoles, 17 de marzo de 2010

Quienes somos y tarifa

TASACIONES EN MURCIA Y ALICANTE

Es una Empresa que nace independiente, adoptando todas las normas legales vigentes, actuando con valores éticos y profesionales, manteniendo una confianza suficiente y recopilando una información constante, veraz, fiable que nos permite una credibilidad y un prestigio profesional que perciben quien solicita y requiere regularmente nuestros servicios, en el desarrollo de actividades que por su naturaleza o competencia nos son propias.
respondiendo con sus acreditaciones de las disposiciones legales vigentes.
Hemos establecido un modelo empresarial avanzado, estructurado con los servicios de profesionales cualificados, teniendo una gran capacidad de gestión desarrollada en la dirección más óptima.
El objetivo principal es dar un buen servicio, rápido, seguro en cuanto a máxima fiabilidad y calidad, ya que nos sometemos en base a las disposiciones que en ésta materia regula la Ley del Mercado Hipotecario (25/03/1981), el real decreto (27/03/1982), Orden ECO/805/2003 y otras disposiciones concordantes.
Ley 41/2007 de 7/12/07, artículo 5: “Las entidades de crédito, incluso aquellas que dispongan de servicios propios de tasación, deberán aceptar cualquier tasación de un bien aportada por el cliente, siempre que sea certificada por un tasador homologado de conformidad con lo previsto en la presente Ley, y no esté caducada, según lo dispuesto legalmente, y ello sin perjuicio de que la entidad de crédito pueda realizar las comprobaciones que estime pertinentes, de las que en ningún caso podrá repercutir su coste al cliente que aporte la certificación”.
Telf. contacto: 644 531420
La ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE TASADORES INMOBILIARIOS (A.P.T.I.) es una entidad privada que acoge a profesionales en activo del sector de la inversión, valoración, tasación y peritaje de bienes tanto inmuebles como muebles, y actualiza los conocimientos técnicos para el estudio de los valores de casas, viviendas, solares, locales, despachos, comercios, naves industriales, parkings, fincas rústicas, forestales, etc. para su valoración.
Es misión de esta asociación la actualización de conocimientos de todos sus asociados adaptándolos a las normas internacionales para su mejor cometido, estando para ello en contacto con organismos internacionales, universidades y escuelas especializadas, creando con ello un bien para el mercado y los usuarios de sus servicios.
Colegiados 1170 y 1187

Tarifas del Colegio

Tarifas Recomendadas
TARIFAS RECOMENDADAS PARA INFORMES DE TASACIONES Y VALORACIONES INMOBILIARIAS
VIVENDA INDIVIDUAL

Hasta 120.200
245,44.-Euros
Cada 6.000 más o fracción hasta un máximo de 600.000

16,00.-Euros
Más de 600.000 y hasta 30.000.000
825,00.-Euros+0.005% s/exceso de 600.000

LOCALES COMERCIALES, OFICINAS Y NAVES INDUSTRIALES

Hasta 90.150
245,44.-Euros
Cada 6.000 más o fracción
17,20.-Euros
Más de 600.000 y hasta 3.000.000
957,00.-Euros+0.03% s/ exceso de 600.000
Más de 3.000.000
2.350,00.-Euros + 0.03% s/ exceso de 3.000.000

EDIFICIOS EN GENERAL, DE VIVIENDAS Y LOCALES
Hasta 120.200
282,00.-Euros
Cada 6.000 más o fracción
16.-Euros
Más de 600.000 y hasta 3.000.000
862,00.-Euros+0.03% s/ exceso de 600.000
Más de 3.000.000
2.460,00.-Euros + 0.03% s/ exceso de 3.000.000
FINCAS RÚSTICAS, AGRICOLAS Y GANADERAS
Hasta 120.200
454,43.-Euros
Cada 6.000 más o fracción
16.-Euros
Más de 600.000 y hasta 3.000.000
934,53.-Euros+0.03% s/ exceso de 600.000
CERTIFICACIONES DE OBRA
0,08% con un mínimo de
145,43.-Euros
SOLARES
Para vivienda unifamiliar en urbanización
345,44.-Euros
En el resto de los casos y hasta 300.500
563,61.-Euros
el exceso hasta 600.000
1.075%
el exceso de 600.000 hasta 1.500.000
1.045%
el exceso de 1.500.000 hasta 3.000.000
1.030%
el exceso de 3.000.000 hasta 6.000.000
1.020%
el exceso de 6.000.000
1.015%
Si es fuera de capital de provincia o de un núcleo importante de población en la que no haya tasador se podrá, previo pacto con el cliente, incrementar en 43,63.-Euros (o 0.20 Euros/Km)
TARIFA-MINUTA DE VALORACIÓN RECOMENDADA PARA PROCEDIMIENTOS JUDICIALES
Formulación: Honorarios mínimos = 300 € (49.916 ptas.) o (coef. x valor)
Valor de cada Finca valorada
(en euros)
Valor de cada Finca Valorada
(en pesetas)
Coef. Aplicable
Coef. Aplicable en %
Tarifa variable
(en euros)
Tarifa variable
(en pesetas)
60.000
9.983.160
0,003
0,3
180
29.949
90.000
14.974.740
0,003
0,3
270
44.924
120.000
19.966.320
0,0025
0,25
300
49.916
180.000
29.949.480
0,0025
0,25
450
74.874
240.000
39.932.640
0,0025
0,25
600
99.832
300.000
49.915.800
0,0025
0,25
750
124.790
360.000
59.898.960
0,0025
0,25
900
149.747
420.000
69.882.120
0,0025
0,25
1.050
174.705
480.000
79.865.280
0,0025
0,25
1.200
199.663
540.000
89.848.440
0,0025
0,25
1.350
224.621
600.000
99.831.600
0,0025
0,25
1.500
249.579
1.200.000
199.663.200
0,0015
0,15
1.800
299.495
1.800.000
299.494.800
0,0012
0,12
2.160
359.394
2.400.000
399.326.400
0,001
0,1
2.400
399.326
3.000.000
499.458.000
0,0009
0,09
2.700
449.242
Nota: Cuando, en un mismo expediente judicial, se valoran varias entidades del mismo inmueble que tengan uso idéntico se hará una bonificación de los honorarios de un 20%
¡OJO!: Esta bonificación se realizará exclusivamente si la valoración es sobre dos pisos, si es de un piso o un despacho o de un local de negocio y un parking no hay bonificación.




martes, 16 de marzo de 2010

Ultima hora

Agentes de la propiedad andaluces presentarán una propuesta formal para ser tasadores de solares de la 'deuda histórica'

SEVILLA, 15 Mar. (EUROPA PRESS) -
El Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Andalucía (Coapi) presentará mañana una propuesta formal por escrito a la Junta de Andalucía para ser "tasador independiente" en el proceso de análisis de activos inmobiliarios que forman parte del pago de la llamada 'deuda histórica'.
Según indicó a Europa Press el presidente del Consejo Andaluz, Manuel Bermudo, para ello ya contactaron a nivel privado con la Junta de Andalucía y mañana remitirán el ofrecimiento a través de un escrito a la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio, como "nuestro interlocutor en la Junta" y también a la Consejería de Economía y Hacienda para "ofrecernos bien como ejecutores de esa tasación o como consultores y supervisores externos del proceso, al modo de asesores externos".
Bermudo recordó que los agentes de la propiedad "somos corporaciones de derecho público" y hay más de 800 agentes en toda Andalucía.
Asimismo, alertó del "peligro" y del "miedo" de que dicha tasación sea efectuada por "entidades privadas que tiene una serie de intereses personales". "Una entidad privada no deja de ser privada y la 'deuda histórica' es una cuestión suficientemente importante para hacerlo con todas las garantías y evitar que unos tasadores privados puedan ser juez y parte".
"Es necesario un procedimiento de valoración sereno y tranquilo, donde veamos sin las tasaciones son realizables de forma lógica e inmediata", consideró Bermudo.
Ya la semana pasada, los agentes de la propiedad recordaron que en este proceso les avala "ser expertos conocedores del valor de mercado de los bienes inmuebles".
A juicio del presidente del Consejo Andaluz, Manuel Bermudo, "sería conveniente que el nombramiento de dicho tasador, fuera realizado a una entidad independiente y fuera consensuado, no sólo entre las dos administraciones, sino incluso entre todos los grupos políticos".
Por este motivo, Bermudo ha propuesto al Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Agentes de la Propiedad como tasadores independientes de los terrenos que conforman el pago de la 'deuda histórica'.
De esta manera, el Coapi se puso a la disposición de las administraciones públicas ya que, según su presidente, "su colaboración en esta materia, que ha de ser considerada a todas luces como opinión experta independiente, para la consecución de un acuerdo entre todas las partes, a todas luces beneficiará al conjunto de los andaluces"

lunes, 15 de marzo de 2010

Tasadores

TASACIONES EN MURCIA Y ALICANTE

Es una Empresa que nace independiente, adoptando todas las normas legales vigentes, actuando con valores éticos y profesionales, manteniendo una confianza suficiente y recopilando una información constante, veraz, fiable que nos permite una credibilidad y un prestigio profesional que perciben quien solicita y requiere regularmente nuestros servicios, en el desarrollo de actividades que por su naturaleza o competencia nos son propias.

respondiendo con sus acreditaciones de las disposiciones legales vigentes.

Hemos establecido un modelo empresarial avanzado, estructurado con los servicios de profesionales cualificados, teniendo una gran capacidad de gestión desarrollada en la dirección más óptima.

El objetivo principal es dar un buen servicio, rápido, seguro en cuanto a máxima fiabilidad y calidad, ya que nos sometemos en base a las disposiciones que en ésta materia regula la Ley del Mercado Hipotecario (25/03/1981), el real decreto (27/03/1982), Orden ECO/805/2003 y otras disposiciones concordantes.

Ley 41/2007 de 7/12/07, artículo 5: “Las entidades de crédito, incluso aquellas que dispongan de servicios propios de tasación, deberán aceptar cualquier tasación de un bien aportada por el cliente, siempre que sea certificada por un tasador homologado de conformidad con lo previsto en la presente Ley, y no esté caducada, según lo dispuesto legalmente, y ello sin perjuicio de que la entidad de crédito pueda realizar las comprobaciones que estime pertinentes, de las que en ningún caso podrá repercutir su coste al cliente que aporte la certificación”.

Telf. contacto: 644 531420

jueves 3 de septiembre de 2009

Colegiados

La ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE TASADORES INMOBILIARIOS (A.P.T.I.) es una entidad privada que acoge a profesionales en activo del sector de la inversión, valoración, tasación y peritaje de bienes tanto inmuebles como muebles, y actualiza los conocimientos técnicos para el estudio de los valores de casas, viviendas, solares, locales, despachos, comercios, naves industriales, parkings, fincas rústicas, forestales, etc. para su valoración.

Es misión de esta asociación la actualización de conocimientos de todos sus asociados adaptándolos a las normas internacionales para su mejor cometido, estando para ello en contacto con organismos internacionales, universidades y escuelas especializadas, creando con ello un bien para el mercado y los usuarios de sus servicios.

Colegiados 1170 y 1187




Tarifas del Colegio

Tarifas Recomendadas

TARIFAS RECOMENDADAS PARA INFORMES DE TASACIONES Y VALORACIONES INMOBILIARIAS

VIVENDA INDIVIDUAL




TARIFA-MINUTA DE VALORACIÓN RECOMENDADA PARA PROCEDIMIENTOS JUDICIALES

Formulación: Honorarios mínimos = 300 € (49.916 ptas.) o (coef. x valor)

Valor de cada Finca valorada
(en euros)

Valor de cada Finca Valorada
(en pesetas)

Coef. Aplicable

Coef. Aplicable en %

Tarifa variable
(en euros)

Tarifa variable
(en pesetas)

60.000

9.983.160

0,003

0,3

180

29.949

90.000

14.974.740

0,003

0,3

270

44.924

120.000

19.966.320

0,0025

0,25

300

49.916

180.000

29.949.480

0,0025

0,25

450

74.874

240.000

39.932.640

0,0025

0,25

600

99.832

300.000

49.915.800

0,0025

0,25

750

124.790

360.000

59.898.960

0,0025

0,25

900

149.747

420.000

69.882.120

0,0025

0,25

1.050

174.705

480.000

79.865.280

0,0025

0,25

1.200

199.663

540.000

89.848.440

0,0025

0,25

1.350

224.621

600.000

99.831.600

0,0025

0,25

1.500

249.579

1.200.000

199.663.200

0,0015

0,15

1.800

299.495

1.800.000

299.494.800

0,0012

0,12

2.160

359.394

2.400.000

399.326.400

0,001

0,1

2.400

399.326

3.000.000

499.458.000

0,0009

0,09

2.700

449.242

Nota: Cuando, en un mismo expediente judicial, se valoran varias entidades del mismo inmueble que tengan uso idéntico se hará una bonificación de los honorarios de un 20%

¡OJO!: Esta bonificación se realizará exclusivamente si la valoración es sobre dos pisos, si es de un piso o un despacho o de un local de negocio y un parking no hay bonificación.





Tlefono de contacto: 644 53 14 20


viernes, 12 de marzo de 2010

Ley Expropiaciones

Como ganar con la Ley de Expropiaciones

¿Porqué tiene que existir una ley de expropiaciones?
Los procesos de expropiación son traumáticos para los que resultan afectados… Como mínimo, su cotidianiedad se ve afectada mientras se adaptan a una nueva vivienda y realizan la mudanza. Desde la sensación de inseguridad (y más en este país donde la “seguridad económica” de las clases trabajadoras radica en su vivienda) al miedo a tener graves pérdidas económicas, a que no se les respete los derechos y sobretodo la falta de información sobre sus derechos y los deberes que las administraciones tienen con los expropiados.
Desde el ultraliberalismo, pero también desde los propios afectados suele surgir la propuesta de que “no hay expropiación” sinó negociación donde el afectado tiene la última palabra de si acepta o no la oferta que le haga la administración, incluso la opción de decir “no me mueven de mi propiedad porqué es mía”.
Esa idea tiene cierta aceptación entre los mass-media y la opinión pública por el síndrome de “David y Goliath”, donde el vecino expropiado aparece como el débil frente a una omnipotente administración capaz de imponer su fuerza.
Se alude que la ley de expropiación debería ser actualizada (la verdad es que es algo antigua) y sobretodo debilitar la fuerza de la administración a la hora de impulsar una expropiación.
Es verdad que el vecino se encuentra frente a un proceso que seguramente le supera y la forma de participación es algo oscura y difícil. Primero tiene que existir un plan inicial que se apruebe para que se pueda comenzar tan siquiera a presentar alegaciones, alegaciones que el afectado tiene que presentar de forma colectiva o individual ante un proyecto que ha de conocer y aprehenderlo. En el proceso de alegaciones el vecino tiene un margen de participación pero posiblemente este no sea satisfactorio. Por otro lado una vez aprobado definitivamente se inicia el proceso de expropiación (si se trata de una afectación concreta) donde el afectado confronta sus derechos individuales como propietario y/o inquilino frente a la administración.
Le ley juega a favor del afectado ya que le garantiza una serie de derechos a él y obligaciones a la administración. No es un proceso draconiano donde el expropiado queda con una mano delante y otra detrás, pero sí que es cierto que el afectado puede sentir que el “coste moral” más allá del económico jamás queda pagado.
Además cuenta con una cobertura judicial, los afectados pueden presentar un contencioso contra el proyecto y si este no se adecúa al interés general o el interés general se defiende tan debilmente en el proyecto que no justifica la expropiación se puede anular, pero este es un proceso lento.
Bien, la “sabiduría convencional” dice que la fuerza de la administración debería debilitarse, hacer que la ley no exista y se tenga que, obligatoriamente, llegar a una negociación donde el expropiado pueda retirarse, o dejar tan débil la expropiación forzosa que el proceso sea tan largo, que de facto, el afectado se pueda quedar hasta que le convenzan.
Hay un argumento muy sólido frente a este argumento. A parte de que la ley de expropiación se ha ido actualizando con reglamentos autonómicos (al menos hay reformas hasta del 2005, por tanto no es tan arcaico como pueda parecer la ley) y por tanto aspectos como los niveles de renta y la situación personal de cada afectado se tienen en consideración.. existe un peso relevante para que la ley de expropiaciones dé la posibilidad de una expropiación forzosa.
Pongamos el siguiente escenario, no existe ley de expropiación y los afectados negocian con la administración. ¿En que calidad negociarían?, cada uno lo haría en calidad de monopolista, si no hay nada que me fuerce a aceptar un justiprecio yo puedo pedir por mi vivienda lo que quiera… Si no me quiero ir, puedo pedir miles de millones de € y santas pascuas.. Aún cuando quisiera vender porqué saldría ganando, la administración siempre pagaría un precio desorbitado muy por encima del mercado (si la administración necesita expropiar una vivienda para abrir una calle no podrá expropiar la de al lado, sinó precisamente esa porqué las calles han de ser rectas) ya que es la administración la que tendría la nula capacidad de negociación: o acepta la petición económica o de cualquier tipo del afectado o no realiza ninguna actuación urbanística.
Lo que hoy en día cuesta más de una actuación urbanística suelen ser las expropiaciones y los realojamientos, si eliminara la opción de expropiación forzosa que hace que el afectado negocie sin una opción monopolista, cualquier actuación urbanística sería virtualmente inviable… La transformación de los barrios que han llevado varias ciudades para poder abrir calles, crear parques, instalar equipamientos, etc… Sin esa ley no se podrían abrir canalizaciones de agua, subestaciones eléctricas, crear parques, etc… ya que el suelo municipal es agotable y no siempre se tiene justo donde se necesita.
Por tanto, es cierto que hay que mejorar los mecanismos de interacción con los vecinos, expecialmente los afectados, pero al final ha de existir un mecanismo que de fuerza a la administración para poder velar por el interés general garantizando los derechos individuales.
Un ejemplo de este caso puede ser la situación en la que se encuentran los afectados por el PGM del Carmelo que exigen negociar con la administración, negociación que ellos desean en la calidad de poder negarse a la modificación del PGM, y negociación que bajo estas premisas no son aceptables, al final si se necesita ganar espacio para ubicar una guardería se ha de poder expropiar.

EXPROPIACIONES URBANISTICAS

Autor: Juan A. Gimenez Fernandez

Vamos a definir el concepto de expropiaciones urbanisticas del derecho urbanistico
La expropiación urbanística es simplemente una modalidad de la expropiación genérica, es decir, de la técnica administrativa instrumentada a su través, caracterizada aquí por la persecución de unos objetivos que aparecen vinculados de un modo u otro a la materialización de determinaciones de Planes urbanísticos.

Consecuentemente, su régimen jurídico fundamental aparece establecido en la legislación básica estatal en materia de expropiación forzosa, cuya promulgación es, además, competencia exclusiva del Estado de conformidad con el art. 149.1 C.E. Las peculiaridades de su aplicación al terreno urbanístico corresponde establecerlas al respectivo legislador autonómico.

Las principales finalidades de las expropiaciones urbanísticas permiten, a su vez, caracterizar una diversidad de figuras de las mismas:

- Expropiación como sistema de actuación, en cuya virtud la Administración actuante asume la titularidad de todos los terrenos ubicados en el ámbito de ejecución escogido y, a partir de ese momento, lleva a cabo el proceso de transformación material y jurídica del suelo a través de alguna de las modalidades de gestión inherentes al funcionamiento de la respectiva Administración, siendo la más usual en este supuesto la concesión de obra urbanizadora.

- Expropiación para obtención de terrenos dotacionales, principalmente para obtención de sistemas generales en suelo urbano donde muchas veces éstos no son objeto de cesión gratuita por sus propietarios -sólo lo son cuando se hallan incluidos en los respectivos ámbitos sin generar cargas desproporcionadas o inasumibles para los propietarios- pero eventualmente también en suelo urbanizable. Igualmente, la expropiación será el mecanismo seguido para la obtención de terrenos afectos a una dotación pública local cuando esté excluida de ámbito de ejecución y no exista otro mecanismo alternativo en la legislación autonómica -como podrían serlo las transferencias de aprovechamientos urbanísticos o la ocupación directa-.

- Expropiación para obtención de terrenos no dotacionales con fines de interés general, modalidad bajo la que se agrupan las expropiaciones destinadas a constitución o ampliación del Patrimonio Municipal del Suelo, a obtención de terrenos afectos desde el planeamiento a la construcción de viviendas de protección pública o a la obtención de terrenos asignados a otros usos declarados expresamente de interés social.

- Expropiación sancionatoria, o por incumplimiento de la función social de la propiedad, incumplimiento que se patentiza con la inobservancia de alguno de los deberes urbanísticos tradicionales -vinculados a la ejecución de la urbanización y edificación-, y que en la mayor parte de las legislaciones autonómicas se conecta a supuestos de incumplimiento de los plazos fijados para urbanizar y/o edificar y también de parcelaciones ilegales en suelo no urbanizable o asimilado, a modo de sanción adicional, junto a la multa pertinente derivada del previo procedimiento sancionador.

La reversión en los distintos supuestos expropiatorios tiene un régimen diferenciado, por lo que ha de acudirse a la legislación específicamente aplicable en cada Comunidad Autónoma. En el caso de la expropiación para obtención de terrenos dotacionales, por ejemplo, el derecho de reversión puede no llegar a surgir simplemente con que el uso dotacional para el cual se expropió haya sido efectivamente implantado y mantenido durante un periodo de tiempo determinado, transcurrido el cual la Administración podrá cambiarlo de destino sin que ello comporte derecho alguno para los anteriores propietarios.

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